REF · Reserva para Inversiones en Canarias

Tu RIC, trabajando por Canarias.

Materializa tu Reserva para Inversiones en Canarias de forma indirecta y colectiva, financiando proyectos reales y aptos en el archipiélago, con la seguridad jurídica que exige el Régimen Económico y Fiscal.

90%
de reducción posible en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades
3 años
de plazo máximo para materializar la reserva dotada
Art. 27
Ley 19/1994, de modificación del REF de Canarias

Vías de materialización

Inversión indirecta y colectiva, según el REF

La reforma del REF de diciembre de 2014 amplió las posibilidades de materialización de la RIC más allá de la inversión directa en tu propia empresa.

Vía indirecta

Suscribe instrumentos financieros emitidos por entidades autorizadas (art. 27.4.D). Los fondos captados se destinan a financiar proyectos privados aptos en Canarias, sin que tengas que ejecutar tú el proyecto.

Vía colectiva

Agrupa tu capital con el de otros tenedores de RIC para respaldar proyectos de mayor envergadura: rehabilitación hotelera, energías renovables, vivienda en alquiler o infraestructuras.

Seguridad jurídica

Toda emisión está supervisada por el Gobierno de Canarias y cuenta con informe vinculante de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en los términos del art. 27 de la Ley 19/1994.

"Es una buena fórmula para establecer sinergias entre los tenedores de fondos, que disponen del dinero, y los emprendedores, que tienen los proyectos" — Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos del Gobierno de Canarias.

Quiénes somos

El punto de encuentro entre capital y proyecto

Conectamos a los tenedores de fondos RIC, que disponen del capital, con emprendedores y proyectos en Canarias que necesitan financiación. Toda inversión cumple los requisitos del artículo 27 de la Ley 19/1994, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, bajo supervisión del Gobierno de Canarias.

Rehabilitación hotelera Energías renovables Vivienda en alquiler Infraestructuras

Preguntas frecuentes

Antes de materializar tu RIC

Es un incentivo fiscal regulado en el artículo 27 de la Ley 19/1994, de modificación del REF, que permite reducir hasta el 90% de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades cuando los beneficios se destinan a proyectos productivos en Canarias.

La inversión directa consiste en adquirir activos o crear empleo en tu propia empresa. La vía indirecta, habilitada por la reforma del REF de 2014, permite materializar la RIC suscribiendo instrumentos financieros que canalizan tus fondos hacia proyectos privados aptos de terceros en Canarias.

Significa que varios tenedores de RIC agrupan su capital para respaldar un mismo proyecto de mayor envergadura, aumentando el alcance de la inversión y diversificando el riesgo entre distintos participantes.

Las cantidades destinadas a la reserva deben materializarse en el plazo máximo de tres años desde el devengo del impuesto del ejercicio en que se dotó la RIC.

Sí. Las emisiones de instrumentos financieros aptos están supervisadas por el Gobierno de Canarias y requieren informe vinculante de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Contacto

Solicita información sobre tu RIC

Déjanos tu email y te contactaremos para explicarte los proyectos aptos disponibles y cómo materializar tu reserva de forma indirecta o colectiva.